VENEZUELA
Los asegurados tienen derecho, en caso de incapacidad para el trabajo debida a enfermedad o accidentes, a una indemnización diaria a partir del 4.º día de incapacidad. Cotización (2) No existen cotizaciones previas para recibir estas prestaciones. Certificado médico El asegurado está obligado a presentarse en los ambulatorios u hospitales del IVSS para recibir la […]