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ARGENTINA

La Ley núm. 24.013 o Ley Nacional de Empleo, de 13 de noviembre de 1991 (Sistema Integral de Prestaciones por Desempleo: artículos 111 al 127).

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URUGUAY

Comprende a los trabajadores de la actividad privada que prestan servicios remunerados a terceros, con exclusión de los asalariados rurales, del servicio doméstico y los afiliados a los organismos públicos no estatales (empleados de notarías y bancos).

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ESPAÑA

Condiciones generales Prestaciones por desempleo: · haber perdido involuntariamente el empleo; · tener la capacidad y la voluntad de trabajar; · mantenerse a disposición de la oficina de empleo; · estar inscrito y afiliado regularmente a la Seguridad Social o en situación asimilada; · haber cubierto los períodos de cotización necesarios. Subsidio asistencial por desempleo: […]

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BRASIL

– Constitución Federal.  Ley núm. 7998/1990.  Ley núm. 8019/1990.  Ley núm. 8900/1994.

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VENEZUELA

Los beneficiarios del Seguro de Paro Forzoso son los afiliados que hayan sido despedidos por causas injustificadas, salvo:  Los afiliados a un Seguro Facultativo.  Los pensionistas por vejez, invalidez o jubilación del IVSS o por cualquier otra institución pública o privada.  Los trabajadores temporales y ocasionales.  Los trabajadores domésticos.  Los trabajadores que renuncian a sus […]

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PORTUGAL

Condiciones generales Subsidio de desempleo: · estar en situación de desempleo involuntario; · estar disponible para el trabajo y apto; · estar inscrito como demandante de empleo en un Centro de Empleo competente del lugar de residencia del beneficiario; · no ser perceptor de una pensión de vejez o invalidez. Subsidio asistencia de desempleo: los […]

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COSTA RICA

Auxilio de cesantía: Un solo pago sin perjuicio de que el indemnizado entre inmediatamente a laborar en otro sector. Ahorro Laboral: Un solo pago que puede ser retirado al cese de la relación laboral, o bien cada 5 años.

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CHILE

– DFL núm. 150, de 1981. Ministerio del Trabajo y de Previsión Social.  Ley 19.728, de 14 de mayo de 2001.

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