ARGENTINA
Parcial. En función de los adheridos a la Obra Social en la que está afiliado el trabajador. Ver también: (3)
Parcial. En función de los adheridos a la Obra Social en la que está afiliado el trabajador. Ver también: (3)
Para asegurados adultos. Consulta externa odontológica y tratamientos de obturaciones, extracciones, profilaxis, radiografías, endodoncia y cirugía. Para los niños únicamente odontología preventiva.
Suministro gratuito de medicamentos, incluidos en la «Lista Básica de Medicamentos», prescritos por los médicos de la CCSS u otros proyectos o sistemas autorizados (Médicos de empresa).
Solamente en los tratamientos asistenciales básicos y preventivos. En caso de accidente de trabajo, la asistencia es gratuita (concesión de órtesis y prótesis odontológicas).
– Ley de Pensiones núm. 1732 de 29-XI-96. Decreto supremo núm. 24469 de 17-01-97. Decreto Supremo núm. 25819 de 17-01-97. Decreto Supremo núm. 26069 de 9-02-2001.
– Art. 67 de la Constitución de la República. La Ley 16.713, de 3 de septiembre de 1995, entró en vigencia el 1º de abril de 1996. Esta Ley reforma el sistema IVS, que pasa de Reparto a Sistema Mixto de Capitalización y Reparto.
– Sistema Nacional de Pensiones: Trabajadores de la actividad privada y aquéllos que realizan actividad económica independiente (facultativos). Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones: Trabajadores afiliados (dependientes e independientes). Sin perjuicio de su condición laboral, los socios trabajadores de las cooperativas, incluyendo los de las cooperativas de trabajadores, son considerados como trabajadores dependientes […]
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