ARGENTINA
La percepción de prestaciones económicas por incapacidad laboral permanente es compatible con el desempeño de actividades remuneradas.
La percepción de prestaciones económicas por incapacidad laboral permanente es compatible con el desempeño de actividades remuneradas.
Las pensiones por incapacidad permanente son compatibles, hasta ciertos límites, con las pensiones de invalidez, de vejez y de supervivencia.
Asistencia y asesoramiento preventivo promocional en salud ocupacional, rehabilitación y readaptación laboral, así como aparatos de prótesis y ortopédicos.
Auxilio de funerales: A la muerte del trabajador, por causa profesional, existe el derecho a un auxilio de B/ 300,00. Igual derecho se genera por la muerte de un pensionista por incapacidad permanente absoluta.
Con periodicidad anual, se efectúa un análisis actuarial, en orden a conocer si es posible económicamente la actualización de las prestaciones.
– Incapacidad temporal: Prestaciones imponibles en su totalidad. Incapacidad permanente: Prestaciones no imponibles (salvo la incapacidad permanente total para la profesión ejercida habitualmente).
Ley 5.662, de 23.12.74, de «Desarrollo Social y Asignaciones Familiares», con vigencia desde 1975.
Trabajadores en relación de dependencia en empresas públicas, privadas o del Estado, que cotizan al IVSS, y los afiliados al Seguro Facultativo.
El trabajador que gana hasta R$449.93 el valor de la salariofamilia será de R$ 23.08, para el hijo, o igualado, de hasta 14 años incompletos o de inválido. Para el trabajador que recibe de R$ 449.94 hasta 676.27, del valor de la salario-familia para el hijo, o igualado, de hasta 14 años incompletos o de […]
Organización Iberoamericana de Seguridad Social. Todos los derechos reservados.
Desarrollado por Tible Technologies.