PORTUGAL
Pueden establecerse, por iniciativa privada, esquemas complementarios de las prestaciones del régimen general. Su gestión puede ser llevada a cabo por asociaciones mutualistas, aseguradoras o entidades instituidas al efecto.
Pueden establecerse, por iniciativa privada, esquemas complementarios de las prestaciones del régimen general. Su gestión puede ser llevada a cabo por asociaciones mutualistas, aseguradoras o entidades instituidas al efecto.
Banco de Seguros del Estado, ente autónomo del dominio comercial e industrial del Estado. Opera en régimen de monopolio en la cartera de riesgos profesionales.
Las AFP son sociedades creadas con un fin exclusivo deben tener responsabilidad jurídica y estar registradas como sociedades anónimas, tener un capital mínimo de un 1.000.000 de pesos, derechos especiales de giro representador por acciones nominativas, conta Rcon los servicios necesarios para desarrollar sus actividades y contar con autorización de la Superintendencia de Pensiones, Valores […]
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