COLOMBIA
Los señalados en los epígrafes 1 «Asistencia Sanitaria», 2 «Vejez» y 5 «Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales».
Los señalados en los epígrafes 1 «Asistencia Sanitaria», 2 «Vejez» y 5 «Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales».
Los profesionales de la salud, para ejercer en sus consultorios privados, requieren estar incorporados al Colegio Profesional respectivo.
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS), dependiente del MTSS.
– Consejo Nacional de Seguridad Social. Instituto Dominicano de Seguros Sociales.
Las AFJP deben ser sociedades con objeto exclusivo y deben contar con un patrimonio mínimo de $ 3.000.000. Debe existir separación patrimonial entre el Fondo de Jubilaciones y Pensiones y la Sociedad que lo administra. La autorización para funcionar como AFJP es emitida por la Superintendencia de AFJP. Las Compañías de Seguro de Retiro deben […]
– Ministerio de la Protección Social. Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud.
– Consejo Nacional de la Seguridad Social. Instituto Dominicano de Seguros Sociales.
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