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COSTA RICA

– Ley 17, de 22.10.43.  Reglamento del SVIM, aprobado el 7.02.95, con vigencia desde el 1.02.95 y sus reformas posteriores.

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BOLIVIA

– Beneficiarios de trabajadores activos cotizantes al Seguro Social Obligatorio administrado por la AFP y asegurados percibiendo pensiones del régimen de reparto.  Son considerados beneficiarios de primer grado la viuda, los hijos menores de 16 años de edad y si son estudiantes hasta los 25 o los declarados inválidos antes de cumplir los 18 años. […]

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URUGUAY

Beneficiarios de los pasivos y trabajadores afiliados al BPS. Son beneficiarios con derecho a pensión: a) Las personas viudas. b) Los hijos solteros menores de 21 años y los hijos solteros mayores de 21 años absolutamente incapacitados para todo trabajo. c) Los padres absolutamente incapacitados para todo trabajo. d) Las personas divorciadas. Las referencias a […]

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PANAMÁ

Pensión de sobrevientes  Del Pensionista fallecido: Ser pensionista por vejez e invalidez de origen no profesional.  Del asegurado fallecido: Tener un mínimo de 36 cotizaciones mensuales.  Contar con una «densidad» de cotizaciones no inferior a 0,5 en los 3 años anteriores al fallecimiento. Si el asegurado fallecido contaba con 180 cotizaciones mensuales o más se […]

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GUATEMALA

Pensión de viudedad Para la viuda o para quien fue compañera del fallecido: 50% (también puede percibirla el esposo o el compañero, siempre que estén inválidos). Pensión de orfandad (de padre o madre) Por cada hijo: el 25%. Si la orfandad es absoluta (inexistencia del padre y la madre) 50%. Prestaciones a otros familiares del […]

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COSTA RICA

No es automática ni anual. La actualización depende de la resolución de la Junta Directiva de la CCSS, en base a estudios actuariales y a las modificaciones de salarios y del coste de vida. En los últimos años, se han llevado a cabo de forma semestral.

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CHILE

En el Sistema de Pensiones de AFP, existe una cuota mortuoria de 15 U.F. (aprox. US$ 514,65) que, con cargo a los recursos de la cuenta individual, debe abonarse a la persona que se ha hecho cargo de los funerales del causante. Respecto a los regímenes de pensiones del Antiguo Sistema y del régimen de […]

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NOTAS EXPLICATIVAS

Notas explicativas: (ARGENTINA)  (*) Idem nota (9) del Cuadro I «ORGANIZACIÓN».  (1) La Ley núm. 24.241, que rige desde el 15 de julio de 1994, instituye el Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones (SIJP) que cubre las contingencias de vejez, invalidez y muerte. El sistema se compone de dos regímenes: • el Régimen Público, fundamentado […]

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