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VENEZUELA

La Ley del Impuesto sobre la Renta permite deducir de la base imponible lo pagado en conceptos de cotizaciones al IVSS.

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COSTA RICA

Cotizaciones de los trabajadores, los empleadores, los pensionistas y el Estado, para el Seguro de Salud. Presupuesto del Estado para asistencia sanitaria pública y para asegurados por cuenta del Estado y, de forma subsidiaria, para trabajadores por cuenta propia.

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BOLIVIA

Cotizaciones exclusivamente a cargo de los trabajadores, para el nuevo régimen de pensiones administradas por las AFPs. Financiación estatal, hasta su extinción, para el régimen de reparto (régimen anterior).

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VENEZUELA

Cotizaciones al IVSS de los empleadores y trabajadores en relación de dependencia, y de los trabajadores no dependientes al Seguro Facultativo.

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PERÚ

Los regímenes contributivos se financian por los empleadores o asegurados, cuando se trata de un trabajo activo dependiente o independiente, repectivamente. Los aportes también están a cargo de los asegurados titulares cuando se trata de pensionistas. El régimen estatal se financia con recursos ordinarios provenientes del Presupuesto General de la República y otros recursos.

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PARAGUAY

Cotizaciones de empleadores y trabajadores. Recursos generados por la gestión del IPS (3). Ver también: (1) (2)

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