NICARAGUA
Cotizaciones a cargo de los empleadores, según el Reglamento general de la Ley de la Seguridad Social, de 13 de abril de 1000.
Cotizaciones a cargo de los empleadores, según el Reglamento general de la Ley de la Seguridad Social, de 13 de abril de 1000.
Cotizaciones de los empleados, asegurados voluntarios y obligatorios al programa IVM.
Cotizaciones a cargo de los empleadores y trabajadores. En Riesgos profesionales, la invalidez es cubierta por las Administradoras de Riesgos Profesionales, con las aportaciones realizadas por los empleadores.
(*) Régimen Previsional Público: Cotizaciones de los trabajadores (por cuenta ajena y propia) y de los empleadores, impuestos con afectación específica. Régimen de Capitalización: Saldo de la cuenta de capitalización individual, compuesta por las cotizaciones de los trabajadores que optaron por este Régimen, la rentabilidad obtenida y el capital complementario integrado por la Compañía de […]
(2) La población no asegurada está a cargo del Ministerio de Salud, y su financiación corre a cargo del Presupuesto del Estado. Para la población asegurada en la CSS, la cotización a los regímenes de IVM. Enfermedad y Maternidad, varia según una escala (vid. Nota 1).
28,3% del salario real o base cotización, porcentaje global de la protección social, repartido de la siguiente manera: 4,70% el trabajador. 23,6% el empresario. Tope: 2.731,7 euros/mes ó 3.894,93 US$ (1 euro= 1,3 US$). En el caso de los trabajadores por cuenta propia: 28,3%. Los mismos topes que los señalados para los trabajadores por cuenta […]
Del 14% de contribución general, las entidades laborales retienen el 2% para la financiación de las prestaciones económicas por enfermedad y las prestaciones por maternidad.
7,30% del salario o base de cotización que se reparte como sigue: 1,55% el trabajador. 5,750% el empresario. Mismo tope de cotización que el señalado para la contingencia de vejez.
Tarifa de primas fijada por Decreto, teniendo en cuenta la incidencia del riesgo propio de cada actividad ó industria.
5% a cargo de los empleadores, además del 20% de los recaudado por el Impuesto en Ventas.
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