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NICARAGUA

Un porcentaje del 1,5% sobre los salarios cotizables, a cargo del empleador. La Ley prevé una prima diferente, según la naturaleza y la presumible incidencia del riesgo, pero actualmente todavía no se aplica. No existen topes de cotización.

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EL SALVADOR

Sistema Público Reformado: La tasa de cotización para quienes se mantengan afiliados en el ISSS O en el INPEP será del catorce por ciento, siete por ciento del ingreso base como aporte del empleador y siete por ciento del mismo, a cargo del trabajador. Sistema Privado: La tasa de cotización será de un máximo del […]

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PORTUGAL

Los cuidados de la salud tienen como fuente de financiación los impuestos, y los beneficiarios están obligados a pagar tasas moderadoras o a una coparticipación fijada para ciertas prestaciones. En determinados supuestos, están exentos de participación. (2)

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NICARAGUA

El Seguro de Vejez, Invalidez y Muerte opera con una cotización del 13,255% sobre los salarios cotizables, de los que corresponde al empleador el 9% y un 4,25% al trabajador. El salario objeto de cotización no excederá de la cuantía de C$ 37.580,00 mensuales.

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PANAMÁ

Se financia por cotizaciones del empleador, adaptadas a los índices de frecuencia, según la naturaleza de la empresa y el riesgo de la actividad, La prima promedio es del 1,7% del salario básico.

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REPÚBLICA DOMINICANA

El Seguro familiar de Salud del Régimen Contributivo se financia mediante la cotización del 10% del salario cotizable de la siguiente manera: un 7% a cargo del empleador y un 3% cargo del afiliado. Siendo la base de cotización para los trabajadores dependientes el que define el artículo 192 del Código de Trabajo. Y en […]

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NICARAGUA

– Las acciones de salud del Ministerio de Salud se financian a través del Presupuesto de la República.  La Ley de Seguridad Social solo hace referencia a la separación tripartita (empleadores, trabajadores y Estado) siendo un 15% a cargo del empleador, 6,25%, del trabajador y un 0.25% de aporte estatal..

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