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PERÚ

(1)  9% de le remuneración, a cargo del empleador.  En caso de afiliados voluntarios, la aportación se fija en función del contenido del plan elegido, siendo a cargo del mismo.  En el caso de los pensionistas, la aportación equivale al 4% del importe la pensión, a cargo de aquél.  Para los trabajadores agrarios, la aportación […]

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HONDURAS

2% para el empleador, del 1% para el trabajador afiliado y de 0,5% para el Estado aplicados sobre una remuneración máxima de L. 4.800,00.

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ESPAÑA

28,3% del salario real o base cotización, porcentaje global de la protección social, repartido de la siguiente manera:  4,70% el trabajador.  23,6% el empresario. Tope: 2.731,7 euros/mes ó 3.894,93 US$ (1 euro= 1,3 US$). En el caso de los trabajadores por cuenta propia: 28,3%. Los mismos topes que los señalados para los trabajadores por cuenta […]

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PORTUGAL

El tipo de cotización está incluido en el indicado para la prestación de vejez, respecto de los trabajadores por cuenta ajena.

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NICARAGUA

Un porcentaje del 1,5% sobre los salarios cotizables, a cargo del empleador. La Ley prevé una prima diferente, según la naturaleza y la presumible incidencia del riesgo, pero actualmente todavía no se aplica. No existen topes de cotización.

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EL SALVADOR

Sistema Público Reformado: La tasa de cotización para quienes se mantengan afiliados en el ISSS O en el INPEP será del catorce por ciento, siete por ciento del ingreso base como aporte del empleador y siete por ciento del mismo, a cargo del trabajador. Sistema Privado: La tasa de cotización será de un máximo del […]

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PORTUGAL

Los cuidados de la salud tienen como fuente de financiación los impuestos, y los beneficiarios están obligados a pagar tasas moderadoras o a una coparticipación fijada para ciertas prestaciones. En determinados supuestos, están exentos de participación. (2)

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NICARAGUA

El Seguro de Vejez, Invalidez y Muerte opera con una cotización del 13,255% sobre los salarios cotizables, de los que corresponde al empleador el 9% y un 4,25% al trabajador. El salario objeto de cotización no excederá de la cuantía de C$ 37.580,00 mensuales.

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