Quantcast

BRASIL

– Pública. La elección es libre, dentro de la unidad asistencial, regida por el principio de jerarquización de los servicios. No hay obligación de pago de los servicios por parte del usuario.  Privada (concertada con el SUS). La elección es libre de los servicios concertados con el SUS.  No hay pago por parte del usuario […]

Seguir leyendo

PERÚ

Regímenes contributivos: En el Régimen Contributivo de la Seguridad Social en Salud, los planes de salud ofrecidos por las EPS podrán incluir copagos, a cargo del asegurado regular que no podrá superar el 2% de su ingreso mensual por cada atención de carácter ambulatorio ni podrá exceder el 10% del costo del tratamiento.(4) Régimen estatal: […]

Seguir leyendo

CHILE

– En el Sistema Estatal, hay que distinguir entre el régimen institucional y el régimen de libre elección; en el primero, sólo para productos farmacéuticos del Formulario Nacional, en tanto que, para el segundo, no existe. Se otorgan fármacos en los programas específicos, como los de maternidad, niño sano y tercera edad.  En el Sistema […]

Seguir leyendo

URUGUAY

Seguro Social de Enfermedad: Cuando corresponda, a juicio del cuerpo médico del BPS, se otorgarán los siguientes beneficios complementarios a los prestados por las IAMC: Contribución en dinero para adquirir lentes comunes o bifocales; provisión de lentes de contacto, prótesis de todo tipo, excepto dentales, implementos ortopédicos, audífonos, sillón de ruedas, bastones. Programa materno-infantil: Desde […]

Seguir leyendo

REPÚBLICA DOMINICANA

– Régimen Contributivo: Plan Básico de Salud, servicios de estancias infantiles, subsidios por enfermedad, subsidios por maternidad.  Régimen Subsidiado y Contributivo Subsidiado: Plan básico de Salud, servicios de estancias infantiles (2).

Seguir leyendo

ARGENTINA

– Decreto 30.655/11/44, de 15 de noviembre.  Ley 18,610, sobre Obras Sociales.  Ley 19032/1971. Ver también: (*) (1)

Seguir leyendo

PERÚ

– Ley 27813, del Sistema Nacional Coordinado y Descentralizado de Salud.  Ley núm. 27657, del Ministeriode Salud.  Ley 27656, de creación del Fondo Intangible Solidario.  Ley 27812, que determina las fuentes de financiación del Seguro Integral de Salud.  Ley 27056, creación ESSALUD, Ley 28006, (2)

Seguir leyendo

Organización Iberoamericana de Seguridad Social. Todos los derechos reservados.

INICIO BLOG AVISO LEGAL

Desarrollado por Tible Technologies.