Se suministra al beneficiario, en forma gratuita, la medicación pertinente, de acuerdo con el vademécum vigente. El sistema privado no cubre medicamentos.
Están excluidas del conjunto de las prestaciones. Sólo se conceden en caso de accidente laboral, a través del Seguro de Riesgos Profesionales.
– Ley del Seguro Social. Reglamento para la Aplicación del Seguro Social. Reglamento de Evaluación de Incapacidades por Riesgos Profesionales. Reglamento interno, disposiciones y atribuciones generales del Ministerio de Salud Pública. Código de Salud.
– Trabajadores dependientes e independientes afiliados. Pensionistas. Beneficiarios del Subsidio de Cesantía. Trabajadores con subsidio por incapacidad laboral. Las personas carentes de recursos e indigentes. Mujeres embarazadas. Beneficiarios de prestaciones no contributivas. Los familiares de todos los anteriores.
– Todos los residentes. A reserva de reciprocidad, en lo que se refiere a los nacionales de países terceros.
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