PORTUGAL
– Todos los residentes. A reserva de reciprocidad, en lo que se refiere a los nacionales de países terceros.
– Todos los residentes. A reserva de reciprocidad, en lo que se refiere a los nacionales de países terceros.
– Régimen Contributivo: Trabajadores vinculados con contrato de trabajo, servidores públicos, jubilados y pensionistas y trabajadores independientes. Régimen subsidiado: Personas sin capacidad de pago.
Universal para todos los habitantes del país de conformidad con lo que ordena el artículo 177 de la Costitución Politica. Son asegurados según su respectiva modalidad de cotización y aseguramiento las siguientes personas: 1. Los trabajadores asalariados. 2. Los pensionados y jubilados de cualquiera de los sistemas estatales. 3. Las personas jefes de familia aseguradas […]
Trabajadores y pensionistas del sector público y privado (1), cotizantes al seguro de enfermedad, maternidad y riesgos profesionales (2).
– Los trabajadores por cuenta ajena y los trabajadores por cuenta propia. Los titulares de pensiones y los beneficiarios de prestaciones periódicas. Todos los residentes que no tengan recursos económicos suficientes.
– Trabajadores en relación de dependencia de empresas obligadas a inscribirse y cualquier guatemalteco que perciba una pensión. Los familiares de las personas que perciben una pensión no tienen derecho a asistencia sanitaria.
El asegurado activo, los hijos de este hasta la edad de 5 años, el asegurado cesante cuando la enfermedad se produzca dentro de los dos meses siguientes a la fecha de cesantía, el pensionado por incapacidad total cualquiera que sea el origen de ésta, y el pensionado por vejez.
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