REPÚBLICA DOMINICANA
Afiliados a alguna Administradora de Riesgos de Salud, del Seguro Nacional de Salud o alguna Proveedora de Servicios de Salud.
Afiliados a alguna Administradora de Riesgos de Salud, del Seguro Nacional de Salud o alguna Proveedora de Servicios de Salud.
a) Trabajadores por cuenta ajena tanto del ámbito privado como del público o en empresas y sociedades del Estado. b) Jubilados y Pensionados del SIJP. c) Beneficiarios de prestaciones no contributivas o asistenciales.
Seguro Social de Enfermedad: Los trabajadores dependientes de la actividad privada, excepto empleados bancarios. Trabajadores amparados al Seguro por Desempleo. Patrones de empresas unipersonales que no tengan más de un dependiente, y los cónyuges colaboradores de patrones rurales que no tengan más de un dependiente. Programa materno-infantil: Trabajadoras beneficiarias del Seguro por Enfermedad. Embarazadas sin […]
– Los trabajadores asalariados cualquiera que sea su edad, remuneración mensual y condición, nacionales o extranjeros. Pensionistas. Los Beneméritos de la Patria y esposas. Oficiales, suboficiales, clase y tropa de la Policía Nacional. Personas mayores de 65 años incorporados a los servicios de Salud. Mujeres embarazadas. Niñas y niños desde su nacimiento hasta los 5 […]
Trabajadores con relación de dependencia en empresas privadas, públicas o empresas del Estado; los afiliados al Seguro Facultativo, así como los jubilados y pensionistas del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS).
El Sistema Único de Salud tiene carácter universal y abarca al conjunto de la población brasileña, así como a la extranjera que se encuentra en el territorio nacional.
– El trabajador con relación de dependencia grupo familiar 1. Los habitantes del área rural del país y el pescador artesanal y su grupo familiar sin limitación. Los beneficiarios de las prestaciones de vejez, invalidez y muerte.
– Trabajadores dependientes e independientes afiliados. Pensionistas. Beneficiarios del Subsidio de Cesantía. Trabajadores con subsidio por incapacidad laboral. Las personas carentes de recursos e indigentes. Mujeres embarazadas. Beneficiarios de prestaciones no contributivas. Los familiares de todos los anteriores.
– Todos los residentes. A reserva de reciprocidad, en lo que se refiere a los nacionales de países terceros.
– Régimen Contributivo: Trabajadores vinculados con contrato de trabajo, servidores públicos, jubilados y pensionistas y trabajadores independientes. Régimen subsidiado: Personas sin capacidad de pago.
Universal para todos los habitantes del país de conformidad con lo que ordena el artículo 177 de la Costitución Politica. Son asegurados según su respectiva modalidad de cotización y aseguramiento las siguientes personas: 1. Los trabajadores asalariados. 2. Los pensionados y jubilados de cualquiera de los sistemas estatales. 3. Las personas jefes de familia aseguradas […]
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