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PANAMÁ

La cónyuge o compañera del asegurado (o el cónyuge o compañero de la asegurada, si son inválidos), los hijos hasta los 18 años o hasta los 25 si son estudiantes y los hijos inválidos. La madre del asegurado. El padre incapacitado o mayor de 60 años a su cargo.

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PARAGUAY

Los titulares del derecho y familiares dependientes: hijos hasta los 18 años y padres que dependan económicamente del afiliado.

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PERÚ

Son beneficiarios, además del asegurado titular, su cónyuge o concubina/o, así como los hijos menores de 18 años o mayores incapacitados para el trabajo, siempre que sean afiliados regulares.

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PORTUGAL

– Todos los residentes.  A reserva de reciprocidad, en lo que se refiere a los nacionales de países terceros.

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ARGENTINA

Los grupos familiares primarios de los titulares del derecho y las personas que convivan con el afiliado y reciban del mismo ostensible trato familiar. Se entiende por grupo familiar primario el integrado por el cónyuge y los menores cuya guarda o tutela haya sido acordada por autoridad judicial o administrativa.

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URUGUAY

Los titulares del derecho y los niños beneficiarios de Asignaciones Familiares hasta determinados topes de edades, de acuerdo a distintos niveles de asistencia médica.

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