ARGENTINA
La percepción de prestaciones económicas por incapacidad laboral permanente es compatible con el desempeño de actividades remuneradas.
La percepción de prestaciones económicas por incapacidad laboral permanente es compatible con el desempeño de actividades remuneradas.
Las pensiones por incapacidad permanente son compatibles, hasta ciertos límites, con las pensiones de invalidez, de vejez y de supervivencia.
Asistencia y asesoramiento preventivo promocional en salud ocupacional, rehabilitación y readaptación laboral, así como aparatos de prótesis y ortopédicos.
Auxilio de funerales: A la muerte del trabajador, por causa profesional, existe el derecho a un auxilio de B/ 300,00. Igual derecho se genera por la muerte de un pensionista por incapacidad permanente absoluta.
Con periodicidad anual, se efectúa un análisis actuarial, en orden a conocer si es posible económicamente la actualización de las prestaciones.
– Incapacidad temporal: Prestaciones imponibles en su totalidad. Incapacidad permanente: Prestaciones no imponibles (salvo la incapacidad permanente total para la profesión ejercida habitualmente).
Notas explicativas: (ARGENTINA) (1) Las disposiciones reglamentarias pueden disponer la aplicación de la Ley sobre Riesgos de Trabajo a los trabajadores domésticos, a los trabajadores por cuenta propia, a los vinculados por relaciones no laborales, así como a los bomberos voluntarios. (2) El valor del MOPRE -Módulo Previsional- se fija anualmente, según lo dispuesto en […]
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