Afiliados al régimen de Seguridad Social, esposas y/o compañeras e hijos menores de 5 años.
El accidente de trabajo y la enfermedad profesional. El primero es un hecho repentino relacionado con la actividad laboral, que produce lesiones al trabajador o su muerte. Se incluye el accidente«in itinere», equiparando al accidente de trabajo el sufrido por el trabajador durante el trayecto normal y habitual de ida al trabajo o regreso del […]
Las prestaciones no están sometidas a períodos de cotización previos. El trabajador tiene que estarasegurado en el Régimen de Previsión Social como empleado, trabajador avulso o asegurado especial.
Estar afiliados al IVSS, sin que se exijan períodos previos de cotización para el acceso a las prestaciones.
Al accidentado • Prestaciones de salud por trabajo de riesgo (asistencia médica, farmacológica, hospitalaria y quirúrgica, cualquiera que sea su nivel de complejidad) y pensiones de invalidez. El derecho a la pensiones a cargo de las Compañías de Seguro (SCTR) se inicia una vez finalizado el período máximo de subsidio por incapacidad temporal, cubierto por […]
Al accidentado • Incapacidad permanente parcial de ejercicio de la profesión habitual: Prestación de pago único de 24 mensualidades de la base reguladora. • Incapacidad permanente total de ejercicio de la profesión habitual: 55% de la base reguladora. Para los trabajadores de más de 55 años de edad, este importe se incrementa con una suma […]
Prestaciones en especie y de rehabilitación, y reconocimiento de aparatos de prótesis y ortopedia.
La «pensión por accidente» se reconoce al cónyuge y las personas dependientes del trabajador accidentado, en caso de muerte de éste. Equivale al 100% de la base reguladora correspondiente al trabajador fallecido.
Ya mencionadas en epígrafes anteriores. Una asistencia funeraria de 5.000 Bs.
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