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ECUADOR

Encontrarse en relación de dependencia o ser afiliado voluntario al Seguro General de Riesgos del Trabajo. El trabajador accidentado deberá estar registrado en el IESS mediante el respectivo aviso de entrada, desde el primer día de trabajo. El empleador está obligado a llenar y firmar el aviso o denuncia correspondiente en todos los casos de […]

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EL SALVADOR

Estar afiliado. No existe período de carencia, y se requiere únicamente presentar el aviso de accidentes de trabajo, validado mediante la firma y el sello del empleador (1). Para las pensiones de viudedad: 6 meses de matrimonio previo o 3 de convivencia. Para las pensiones de orfandad: ser menor de 18 años o de 24, […]

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ESPAÑA

Estar en alta en la Seguridad Social o situación asimilada al alta. No se exige período previo de cotización. En las prestaciones de viudedad, ser o haber sido cónyuge; en las prestaciones de orfandad: hijos menores de 18 años, si bien esa edad puede ampliarse si el hijo no trabaja (1).

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GUATEMALA

Las prestaciones en servicio no están sujetas a períodos previos de cotización. Únicamente ser afiliado o beneficiario o encontrarse en período de desempleo (en el período de los 2 meses siguientes a la pérdida de empleo).

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HONDURAS

Sin requisitos de cuotas mínimas. En caso de Incapacidad por riesgo profesional, el subsidio dependerá de la evaluación que determine el grado de incapacidad, de conformidad con lo que establezca la comisión de invalidez.

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NICARAGUA

Las prestaciones no están sometidas a períodos de cotización previos, y el único requisito es que el asegurado presente la «Notificación de Accidente de Trabajo» (NAT) o la «Notificación de la Enfermedad Laboral», las cuales son emitidas por el empleador.

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PANAMÁ

Todos los empleadores están obligados a inscribirse en el Seguro de Riesgos Profesionales de la CSSS. Las prestaciones no están sometidos a períodos previos de cotización. (2)

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PERÚ

La cobertura rige para los asegurados a partir del día de inicio de la vigencia del contrato, no pudiendo pactarse cláusulas que establezcan exclusiones de dolencias o enfermedades preexistentes, períodos de carencia, copagos, franquicias o pago alguno de los trabajadores con cargo a reembolso u otros mecanismos similares.

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ARGENTINA

– Las prestaciones no están sometidas a períodos de cotización previos.  Estar incluido en la nómina declarada por el empleador ante la ART, o en la empresa autoasegurada.

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PORTUGAL

Accidentes de trabajo.  Declaración en las 48 horas siguientes al accidente.  No se exige período de cotización previa. Enfermedades profesionales:  Ha de efectuarse la declaración dentro del año siguiente a la comunicación formal del diagnóstico  No se exige período de cotización previa.

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BOLIVIA

Estas prestaciones no están sujetas a cotización previa, pero sí debe constar afiliación con alta en una AFP.

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