BRASIL
La «pensión por accidente» se reconoce al cónyuge y las personas dependientes del trabajador accidentado, en caso de muerte de éste. Equivale al 100% de la base reguladora correspondiente al trabajador fallecido.
La «pensión por accidente» se reconoce al cónyuge y las personas dependientes del trabajador accidentado, en caso de muerte de éste. Equivale al 100% de la base reguladora correspondiente al trabajador fallecido.
Ya mencionadas en epígrafes anteriores. Una asistencia funeraria de 5.000 Bs.
En caso de fallecimiento del pensionista o del trabajador (por causa de riesgo profesional), la prestación económica por defunción que está constituida por la asignación por muerte es otorgada por el sistema de pensiones comunes a que el causante se encuentre afecto.
– Pensión de supervivientes: su cuantía es equivalente al 75% del salario base de liquidación. Auxilio funerario.
Rentas a los dependientes ya mencionados, más cuantías globales para entierro y traslado del cadáver, cuando la muerte ocurre en lugar distinto al de la residencia habitual.
Subsidio para funeral: El subsidio para funerales es un auxilio en dinero que se entrega a los deudos del jubilado o afiliado, siempre que éste último tuviere acreditadas seis (6) imposiciones mensuales, por lo menos, dentro de los últimos doce (12) meses anteriores a su fallecimiento, en la cuantía que reglamentará el IESS. Son beneficiarios […]
Organización Iberoamericana de Seguridad Social. Todos los derechos reservados.
Desarrollado por Tible Technologies.