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BOLIVIA

En caso de fallecimiento del asegurado, el Seguro reconoce la prestación de funeral, consistente en un pago único de Bs. 1.100, con mantenimiento del valor respecto al dólar USA, de acuerdo al índice de mantenimiento del valor, en favor de las personas que acrediten haber efectuado el pago de los gastos funerarios. pagables al tipo […]

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BRASIL

La «pensión por accidente» se reconoce al cónyuge y las personas dependientes del trabajador accidentado, en caso de muerte de éste. Equivale al 100% de la base reguladora correspondiente al trabajador fallecido.

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CHILE

En caso de fallecimiento del pensionista o del trabajador (por causa de riesgo profesional), la prestación económica por defunción que está constituida por la asignación por muerte es otorgada por el sistema de pensiones comunes a que el causante se encuentre afecto.

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COLOMBIA

– Pensión de supervivientes: su cuantía es equivalente al 75% del salario base de liquidación.  Auxilio funerario.

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COSTA RICA

Rentas a los dependientes ya mencionados, más cuantías globales para entierro y traslado del cadáver, cuando la muerte ocurre en lugar distinto al de la residencia habitual.

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ECUADOR

Subsidio para funeral:  El subsidio para funerales es un auxilio en dinero que se entrega a los deudos del jubilado o afiliado, siempre que éste último tuviere acreditadas seis (6) imposiciones mensuales, por lo menos, dentro de los últimos doce (12) meses anteriores a su fallecimiento, en la cuantía que reglamentará el IESS.  Son beneficiarios […]

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EL SALVADOR

Auxilio de defunción. Su cuantía equivale al doble del salario medio cotizable al Régimen de Salud del año anterior al fallecimiento.

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ESPAÑA

– Subsidio por defunción de 30,05 euros ó 39,07 US$ (1 euro = 1,3 US$).  Prestación especial a tanto alzado correspondiente a 6 mensualidades del importe de la base reguladora para calcular la pensión para la viuda o el viudo, y una mensualidad por cada huérfano que tenga derecho a la pensión (a falta del […]

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