Publicado por: Secretaría General OISS
La iniciativa privada puede participar de forma complementaria al SUS (Sistema Único de Salud), siguiendo las directrices marcadas por éste, a través de contratos de derecho público o conciertos, teniendo preferencia las entidades benéficas y sin ánimo de lucro. Está prohibida la participación directa o indirecta de empresas o capitales extranjeros, salvo a través de la intermediación de organismos internacionales vinculados a la ONU, de entidades de cooperación técnica y de empréstitos.
17 de diciembre de 2024 – Agencia de Noticias ‘Infobae’.
18 de diciembre de 2024 – Prensa ‘The Diplomat’.
17 de diciembre de 2024 – Portal ‘Fundación Carolina’.
17 de diciembre de 2024 – Portal ‘Casa del su Majestad el Rey de España’.
17 de diciembre de 2024 – ‘Noticias UdeC’.
16 de diciembre de 2024 – Prensa ‘Helvecia’.
13 de diciembre de 2024 – Prensa ‘Europa Press’.
12 de diciembre de 2024 – Prensa ‘UNIR’.
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