Publicado por: Secretaría General OISS
Pensiones contributivas:
a) Tener cubierto un período mínimo de 15 años, de los cuales 2 como mínimo deben estar comprendidos dentro de los 10 años inmediatamente anteriores al hecho causante.
b) Tener cumplidos 65 años (tanto para el hombre como para la mujer).
c) Cesar en el trabajo.
Pensiones no contributivas:
a) Carecer de ingresos suficientes.
b) Tener cumplidos 65 años.
c) Residencia en España y acreditar unos períodos de residencia en el país.
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21 de enero 2023 – Agencia Guatemalteca de Noticias.
23 de enero 2023 – Periodistas en español.com.
18 de enero 2023 – Secretaría General Iberoamericana.
31 de diciembre de 2022 – Prensa ‘La Estrella de Panamá’.
20 de diciembre de 2022 – Periodistas en Español.com.
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