Publicado por: Secretaría General OISS
Al accidentado
Prestaciones en especie:
Asistencia médico-quirúrgica, hospitalaria, farmacéutica y de rehabilitación, incluyendo prótesis y aparatos médicos.
Prestaciones económicas:
Indemnizaciones por incapacidad temporal permanente o muerte.
Gastos de transporte.
Gastos de traslado, hospedaje y alimentación.
A los familiares del accidentado fallecido
Suma global para cubrir los gastos de entierro, incluyendo los de traslado.
Pensión de viudedad.
Pensión de orfandad.
Pensiones para otros familiares dependientes.
así como las destinadas a la readaptación, recolocación y
rehabilitación laboral, que sea posible otorgar.
17 de diciembre de 2024 – Agencia de Noticias ‘Infobae’.
18 de diciembre de 2024 – Prensa ‘The Diplomat’.
17 de diciembre de 2024 – Portal ‘Fundación Carolina’.
17 de diciembre de 2024 – Portal ‘Casa del su Majestad el Rey de España’.
17 de diciembre de 2024 – ‘Noticias UdeC’.
16 de diciembre de 2024 – Prensa ‘Helvecia’.
13 de diciembre de 2024 – Prensa ‘Europa Press’.
12 de diciembre de 2024 – Prensa ‘UNIR’.
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