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CHILE

-Ministerio de Trabajo y Previsión Social.  Superintendencias de AFP FR Seguridad Social y de Salud.

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VENEZUELA

-Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS).  Dirección de Afiliación y de Prestaciones en Dinero.

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PERÚ

AFP: Constituirse como sociedades anónimas; contar con un capital mínimo de s./ 1.848.861, íntegramente suscrito y totalmente desembolsado en dinero en el momento de la constitución. Además contar con la autorización de la Superintendencia de Banca y Seguros.

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PORTUGAL

– Instituto de Solidaridad y Seguridad Social.  Nivel central: Instituciones de Seguridad Social competentes.  Nivel regional: Centros regionales de Seguridad Social.

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EL SALVADOR

Las AFP deben ser instituciones previsionales de carácter financiero y giro único. Han de constituirse como sociedades anónimas con un capital fijo, no menor de c 5 millones de colones salvadoreños (aproximadamente US$ 571.429. 1 US$ = C 8,75), dividido en acciones nominativas con no menos de 10 accionistas. Deberán estar domiciliados en el país.

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