EL SALVADOR
– Aportaciones desde el Presupuesto del Estado al Ministerio de Salud. En el caso del Seguro Social, por ley el Estado debe aportar no menos de c 5.000.000 igual a 571.428,00 siendo $1US=c.8,75.
– Aportaciones desde el Presupuesto del Estado al Ministerio de Salud. En el caso del Seguro Social, por ley el Estado debe aportar no menos de c 5.000.000 igual a 571.428,00 siendo $1US=c.8,75.
Financiación a cargo del Estado de una parte de los complementos para alcanzar las cuantías mínimas garantizadas de las pensiones del sistema contributivo, así como para las pensiones de vejez no contributivas.
Conforme al Reglamento Financiero del INSS, la financiación de las pensiones de vejez se basa en el sistema de primas escalonadas, pero en la realidad funciona el sistema de reparto anual.
Ley del Seguro Social del 23 de septiembre de 1949, desarrollada por Reglamento de 14 de mayo de 1949.
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