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EL SALVADOR

Auxilio de defunción. Su cuantía equivale al doble del salario medio cotizable al Régimen de Salud del año anterior al fallecimiento.

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COSTA RICA

Las prestaciones se ajustan anualmente por Reglamento, y en función de las variaciones de los salarios mínimos.

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COLOMBIA

Decreto 341 de 88; Decreto 784 de 89; Ley 100 de 93; Ley 115 de 94; Ley 63 de 2000; Ley 789 de 2002: Decreto 827 de 2003; Decreto 2340 de 2003. Ley 1148 de 2007 (art. 4,5 y 6)

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GUATEMALA

Los trabajadores que tengan a cargo esposa o compañera, así como los hijos menores de 18 años o mayores incapacitados, así como los padres del asegurado.

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PORTUGAL

– Que el menos sea residente en territorio portugués o en una situación similar, en los términos señalados por la Ley (2).  Estar a cargo del trabajador o de su cónyuge; Límites de edad: (3)  18 años;  Hasta los 24 ó 27 años, si están estudiando, dependiendo de la naturaleza de los estudios.

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BRASIL

La prestación por maternidad se reconoce a toda asegurada en el Régimen de Previsión Social: empleada, empleada doméstica, contribuyente individual, trabajadora «avulsa», asegurada especial (trabajadora agraria en régimen de economía familiar) y a la asegurada voluntaria. A partir de septiembre de 2003, el pago del salario por maternidad de los getantes empleados lo realizan las […]

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VENEZUELA

– Las prestaciones de la asistencia por maternidad se reconocen a la asegurada, a la pensionista y a la cónyuge o concubina del asegurado o pensionista.  El derecho se adquiere con el embarazo clínicamente diagnosticado.  Las beneficiarias tienen derecho a: cuidados prenatales, la asistencia obstétrica y los cuidados post-natales. Las aseguradas tienen derecho, en caso […]

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