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ARGENTINA

Los trabajadores pueden deducir de la base imponible del impuesto a las ganancias (personas físicas) las cotizaciones a su cargo efectuadas en el caso de la previsión social (vejez, invalidez y muerte y supervivencia).

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EL SALVADOR

Trabajadores y pensionistas del sector público y privado (1), cotizantes al seguro de enfermedad, maternidad y riesgos profesionales (2).

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COLOMBIA

El afiliado, su cónyuge o compañera/o permanente, hijos menores de 18 años y/o menores de 25 años que estudien y dependan económicamente del cotizante. A falta de éstos, los padres del afiliado que dependan económicamente de él. Los hijos discapacitados no están sujetos a límite de edad.

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ARGENTINA

Las obras sociales no podrán imponer períodos de carencia, salvo en el caso de que sean beneficiarios de prestaciones asistenciales, ni decidir unilateralmente sin causa la baja del afiliado.

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