NICARAGUA
Trabajadores dependientes e independientes que coticen y personas pensionadas.
Trabajadores dependientes e independientes que coticen y personas pensionadas.
Sistema Públicos y Privado: Los hijos hasta la edad de 18 años, o hasta los 24 si realizan estudios técnicos o universitarios, o de cualquier edad si son inválidos. La viuda, si el matrimonio se hubiese efectuado 6 meses antes del fallecimiento, o la conviviente si existieran 3 años de vida en común. El viudo […]
Pensión de viudedad En forma vitalicia, el cónyuge o la compañera o compañero permanente o supérstite, siempre que aquél, a la fecha del fallecimiento del causante, tenga 30 o más años de edad. Si la pensión de sobrevivencia se cause por muerte del pensionista, el cónyuge o la compañera o compañero permanente supérstite, ha de […]
Las pensiones en curso de pago. En el régimen de reparto como en el de capitalización individual las pensiones se actualizan en función a la variación del Índice de Precios al Consumidor registrado en la gestión inmediatamente anterior a la actualización de las pensiones.
Subsidio por expensas funerarias: $ 2.300 (pesos uruguayos dos mil trescientos) a valores de mayo de 1995.
La Constitución Política del estado determina la obligación que tiene el Estado de defender el capital humano, protegiendo la salud de la población, asegura la continuidad de los medios de subsistencia y rehabilitación de las personas. El Ministerio de Salud y Previsión Social aprueba y lleva las políticas de salud y ejerce tutela sobre los […]
No existen prestaciones por cargas familiares, ya que la protección de esta contingencia resulta innecesaria en Cuba, teniendo en cuenta la política del país, encaminada a suprimir el desempleo y a la creación de círculos infantiles y de becas escolares, las cuales se estiman de mayor eficacia que los subsidios familiares.
El BPS centraliza la recaudación correspondiente a los riesgos IVS, que están a su propio cargo y la que corresponde a las AFAP.
Los trabajadores del sector privado, público y municipal, cotizarán al régimen general de enfermedad, maternidad y riesgos profesionales que administra el ISSS, de manera uniforme y gozarán de las prestaciones de salud y pecuniarias contempladas en la Ley del ISSS y sus reglamentos. Para ello cotizarán a partir de la fecha en que entre en […]
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