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BOLIVIA

En el régimen de reparto (en extinción), 180 cotizaciones mensuales y 55 años cumplidos para los hombres y 50 años para las mujeres. En el régimen de capitalización individual, con independencia de la edad, tener en la Cuenta Individual una cuantía que permita al interesado la financiación de una pensión igual o superior al salario […]

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VENEZUELA

– Edad: 60 años para los hombres y 55 para las mujeres. Además, se requiere acreditar 750 semanas de cotización.  Si el disfrute de la pensión de vejez comienza después de que el interesado cumpla los límites de edad señalados (60 ó 55 años), la pensión se incrementa en un 5% de su cuantía por […]

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PORTUGAL

La cuantía mensual de la pensión se calcula como el producto del salario de referencia y la tasa de formación de la pensión, establecidas en función de la carrera contributiva: 20 años: 2% x N x RR. N: número de años acreditados de cotización. RR: salario de referencia. Para carreras contributivas de más de 20 […]

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PANAMÁ

Para determinar el monto mensual de la Pensión de Retiro por Vejez, se utilizará como salario base el promedio de salario mensual correspondiente a. 1. Los siete mejores años de cotizantes hasta 31 de diciembre de 2009 2. Los diez mejores años de cotizantes a partir del 1 de enero de 2010.

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NICARAGUA

Los incrementos de las cuantías de la pensión se producen cada vez que se incrementa el salario mínimo de los trabajadores del sector industrial.

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ESPAÑA

La pensión se suspende en el caso de que se siga ejerciendo una actividad profesional retribuida.

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COSTA RICA

– Ley 17, de 22.10.43, constitutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social.  El Seguro de Invalidez, Vejez y Muerte (SVIM) entró en funcionamiento el 1.08.47

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CHILE

– D.F.L. nº 44, de 1978, del Ministerio de Trabajo y Previsión Social.  Ley nº 18.469, de 1985.  Ley nº 18.933, de 1990.  DFL nº1, de 2005, del Ministerio de Salud.

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NICARAGUA

– Ley Orgánica S. Social. Decreto 974, de 1.03.82.  Decreto 975, de 1.03.82.  Resolución Ministerial nº 289. Reglamento del Seguro de Enfermedad-Maternidad INSS. Octubre 1996.

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CHILE

Trabajadores dependientes; trabajadores independientes que coticen en un régimen previsional.

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