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GUATEMALA

Incapacidad permanente del asegurado para procurarse ingresos como asalariado, en las condiciones que los obtenía antes de producirse el riesgo. Se reconocen tres grados: Incapacidad parcial: situación que permite obtener una remuneración superior al 33% de la habitual, sin exceder del 50% de la misma. Incapacidad Total: Incapacita para obtener una remuneración mayor del 33% […]

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ECUADOR

Todos los trabajadores con obligación de aporte y los afiliados voluntarios al Sistema tienen derecho al seguro de invalidez.

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CHILE

En ambos Sistemas, Capitalización y Reparto den extinción, debe existir una declaración de Invalidez y no tener edad para pensionarse por vejez. En el régimen General de AFP se requiere que el afiliado tenga saldo en su cuenta de capitalización individual, y según la situación, que opere el seguro contratado por la AFP de afiliación, […]

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PERÚ

1. Sistema Nacional de Pensiones: El pago de la pensión se iniciará el día siguiente a aquiel en que venza el plazo máximo establecido por la Ley para el goce las prestaciones económicas por enfermedad (incapacidad temporal para el trabajo), salvo que el asegurado sea declarado inválido antes del vencimiento de dicho plazo. 2. Sistema […]

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ESPAÑA

Incapacidad permanente parcial para ejercer la profesión habitual:  Indemnización a tanto alzado igual a 24 mensualidades por un importe igual a la base reguladora de la enfermedad.  No se reconoce para los trabajadores independientes. Incapacidad permanente total para la profesión habitual:  55% de la base reguladora; aumentado en un 20% para los mayores de 55 […]

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COSTA RICA

Se considera el promedio de los 48 salarios o ingresos mensuales más altos, devengados por el asegurado en los últimos 60 meses efectivamente cotizados, antes del mes de inicio de efectos de la pensión.

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BOLIVIA

Las pensiones en curso de pago. En el régimen de reparto como en el de capitalización individual las pensiones se actualizan en función a la variación del Índice de Precios al Consumidor registrado en la gestión inmediatamente anterior a la actualización de las pensiones.

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URUGUAY

Las pensiones son ajustadas en las mismas oportunidades en que se establecen aumentos en las remuneraciones de los funcionarios de la Administración Central (en general cada 4 meses), en función de la variación del Índice Medio de Salarios.

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