Los trabajadores pueden deducir de la base imponible del impuesto a las ganancias (personas físicas) las cotizaciones a su cargo efectuadas en el caso de la previsión social (vejez, invalidez y muerte y supervivencia).
– Ley del Seguro Social, marzo de 1981. Reglamento de aplicación de la Ley del Seguro Social.
Trabajadores y pensionistas del sector público y privado (1), cotizantes al seguro de enfermedad, maternidad y riesgos profesionales (2).
– El afiliado activo, los pensionistas y pensiones a cargo, carentes de recurso, beneficiarios de subsidios y programas específicos y las personas cargas de familia.
Los asegurados pasivos reciben las mismas prestaciones que los asegurados activos.
– Ser afiliados cotizantes al Seguro Social. Ser afiliados mayores de 65 años no cotizantes,acreditados por los municipios. Sin ningún requisito para el Seguro Materno Infantil.
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