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NICARAGUA

Instituto Nicaragüense de Seguridad Social (INSS). Las políticas, normas y reglamentos sobre recaudación de cotizaciones son potestad del INSS, sin que intervenga ninguna otra institución pública.

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URUGUAY

Las AFAP deben ser:  sociedades anónimas con acciones nominativas,  sujetas a autorización previa del Poder Ejecutivo,  tener como objeto exclusivo la administración de un único Fondo de Ahorro Previsional,  contar con un capital mínimo de 60.000 unidades reajustables (2),  contar con la separación patrimonial entre el Fondo que administra y la propia AFAP.

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PERÚ

Los regímenes contributivos se financian por los empleadores o asegurados, cuando se trata de un trabajo activo dependiente o independiente, repectivamente. Los aportes también están a cargo de los asegurados titulares cuando se trata de pensionistas. El régimen estatal se financia con recursos ordinarios provenientes del Presupuesto General de la República y otros recursos.

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ARGENTINA

(*) A través de un seguro obligatorio que debe contratar el empleador en empresas Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART). La prima pactada depende del tipo de actividad que desarrolle la empresa, y está a cargo del empleador.

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PARAGUAY

Cotizaciones de empleadores y trabajadores. Recursos generados por la gestión del IPS (3). Ver también: (1) (2)

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NICARAGUA

Cotizaciones de empleadores, trabajadores y del Estado. Los trabajadores por cuenta propia financian las prestaciones con cuotas a su cargo.

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