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ECUADOR

Pensión de viudez: La cónyuge del asegurado o jubilado fallecido; El cónyuge de la asegurada o jubilada fallecida; (1) La persona que sin estar casada hubiere convivido en unión libre, monogámica y bajo el mismo techo, con el causante, libre también de vínculo matrimonial, por más de 2 años inmediatamente anteriores a la muerte de […]

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COLOMBIA

– Los miembros del grupo familiar del pensionado por vejez o invalidez por riesgo común que fallezca  Los miembros del grupo familiar del afiliado al sistema que fallezca, siempre y cuando éste hubiere cotizado cincuenta semanas dentro de los tres últimos años inmediatamente anteriores al fallecimiento y se acrediten las siguientes condiciones:  Muerte causada por […]

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ARGENTINA

Pensión de viudedad La pensión por fallecimiento de afiliado en actividad a favor de la viuda, viudo o conviviente -cuando no existen hijos con derecho a pensión- equivale al 70% de la prestación de referencia del causante. La prestación se calcula con el 70% del promedio de las remuneraciones -trabajadores por cuenta ajena- o ingresos […]

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REPÚBLICA DOMINICANA

Pensión de viudedad En caso de fallecimiento del afiliado activo, los beneficiarios recibirán una pensión de sobrevivencia no menor al 60% del salario cotizable de los últimos 3 años o fracción. Pensión de viudedad: 50% al cónyuge, o en su defecto, al compañero de vida, siempre que ambos no tuviesen impedimento jurídico para contraer matrimonio. […]

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PERÚ

– Sistema Naciona de Pensiones: No se actualiza.  Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones: Depende de la modalidad bajo la cual se perciba la pensión.

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PANAMÁ

Para ayudar a los gastos que origine la muerte del asegurado, activo o pensionado, que no sea producto de un riesgo profesional, la Caja de Seguro Social reconocerá un auxilio de funeral a quien compruebe haber sufragado los gastos de entierro, siempre que el causante tuviera seis o más cuotas mensuales en los 12 meses […]

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La Ley núm. 24.714 o Ley de Asignaciones Familiares comprende a aquellos trabajadores por cuenta ajena del sector privado, incluidos obligatoriamente en el Sistema Único de Seguridad Social (SUSS) y beneficiarios del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones (SIJP), con excepción de los trabajadores del servicio doméstico. Las Administraciones Públicas Nacional y Provincial, así como […]

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Con la Introducción de la Ley de Protección al Trabajador (Ley 7983) se establece un Fondo de Capitalización Individual de adscripción obligatoria, que contempla un 3% de aporte por parte del patrono del cual un 50% pasa a ser el denominado “ahorro laboral” el cual es una protección adicional que puede ser devengada en el […]

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El Seguro de Riesgos Laborales es una rama del Seguro Social Nicaragüense, el cual depende organizativamente del ente autónomo Instituto Nicaragüense de Seguridad Social, en coordinación con el Ministerio del Trabajo.

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En el sistema de seguridad social de República Dominicana no existe un Seguro de Prestaciones familiares.

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CLASE DE AFILIACIÓN PERSONAL % PATRONAL % TOTAL Empleados y obreros, trabajadores del servicio doméstico, trabajadores de la construcción, trabajadores agrícolas, operarios y aprendices de artesanía, aprendices sujetos a contrato de aprendizaje, trabajadores a prueba, trabajadores a domicilio, trabajadores de iglesias, miembros del clero secular. 9,35 11,15 20,50 Empleados bancarios, municipales y de entidades públicas […]

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