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Art. 204. inciso 2 En ningún caso el máximo de la pensión podrá superar el ochenta y dos punto cinco por ciento (82,5%) del ciento sesenta y cinco dólares de los Estados Unidos de América(US$165) , luego de sumar a la pensión básica las mejoras máximas señaladas en el artículo 201. Análisis: “Viola el articulo […]

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El mínimo y el máximo de las pensiones de sobrevivientes concedidas por Riesgos Profesionales, será la cantidad que resulte de aplicar los porcentajes establecidos para dichas pensiones sobre los máximos fijados para las pensiones consignadas.

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COLOMBIA

– Ministerio de Protección Social.  Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud.  Comisión de Regulación en Salud.

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VENEZUELA

-Las clínicas y los hospitales privados, para su instalación y funcionamiento, requieren la autorización previa del Ministerio de Sanidad y Asistencia Social, e inscribirse, a través de la Dirección General Sectorial de Salud. La autorización requiere una serie de requisitos de solvencia, capacidad y eficiencia. Los directivos de los prestadores privados de salud deben ser […]

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PORTUGAL

Ministerio de Trabajo y de la Solidaridad (Secretaría de Estado de la Solidaridad y la Seguridad Social).

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REPÚBLICA DOMINICANA

– Administradores de Fondos de Pensiones (AFP).  Regímenes complementarios al nivel de empresas o fondos públicos, como el gastronómico y el de la construcción, entre otros.

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PERÚ

Los regímenes contributivos se financian por los empleadores o asegurados, cuando se trata de un trabajo activo dependiente o independiente, repectivamente. Los aportes también están a cargo de los asegurados titulares cuando se trata de pensionistas. El régimen estatal se financia con recursos ordinarios provenientes del Presupuesto General de la República y otros recursos.

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