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Aunque la Ley fue aprobada en 1941, estuvo sometida a estudios de la Junta Directiva, introduciéndose reformas, que entran en vigor en 1943. No obstante, el 1 de septiembre de 1942 se dispone la implantación del Seguro de Enfermedad y Maternidad para la capital y las principales cabeceras de provincia.

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En este cuadro se describen las prestaciones realizadas por el Banco de Previsión Social para los trabajadores de la actividad privada. Los trabajadores del sector público, en caso de ausencia por enfermedad, perciben el 100% de su salario abonado por la institución en la que prestan servicios. La Caja de Jubilaciones y Pensiones Notarial gestiona […]

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Cuando las prestaciones derivan de riesgos laborales o de tráfico, los mismos son cubiertos por el Instituto Nacional de Seguros, con cargo al Seguro de Riesgos Laborales o al Seguro Obligatorio de vehículos automotores, respectivamente.

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El Salario Mínimo Nacional es fijado por el Gobierno, generalmente en forma cuatrimestral. En enero de 1996 su valor se fijó en $U 670, lo que equivale a, aproximadamente, US$ 92, a valores de enero de 1996.

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El empleador está obligado a pagar al trabajador medio salario hasta 3 meses, siempre que aquél haya tenido un trabajo continuo mayor de 9 meses; si el trabajo ha sido de 3 a 6 meses, se le pagará un mes; y si el trabajo ha sido de 6 a 9 meses, se le abonan 2 […]

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Para un mejor reconocimiento de la legislación del Seguro Social. Las disposiciones más importantes en la implantación del Seguro en Salud son las siguientes: Ley de Ministerios, sancionada el 18 de julio de 1936; Ley del Trabajo, de 15 de junio de 1936, y sus reformas parciales de 4 de mayo de 1945, 3 de […]

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De acuerdo con una tabla en función de los periodos cotizados. De 01 a 02 meses (ayuda económica) 25%, De 03 a 05 meses (ayuda económica) 50%, De 06 a menos de 09: 75% y de 0,9 o más cuotas: 100%.

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A efectos de las prestaciones monetarias por enfermedad, se cotiza el uno por ciento (1%) de los salarios, porcentaje que se distribuye entre los empleadores y trabajadores del siguiente modo: ·Nivel mínimo: Empleador: 0,69%; Trabajador: 0,31%; ·Nivel medio: Empleador: 0,72%; Trabajador: 0,28%; ·Nivel máximo: Empleador: 0,74%; Trabajador: 0,26%.

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En caso de enfermedad o accidente, además de las prestaciones médicas y hospitalarias gratuitas, los trabajadores reciben prestaciones monetarias o en servicios, que sustituyen los salarios que se dejan de percibir como consecuencia de la incapacidad temporal.

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La corte Constitucional sentenció que el auxilio que tienen que pagarle los patronos a los empleados por una incapacidad ocasionada por una enfermedad no profesional, no puede ser inferior al saliario mínimo legal vigente.

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Normas básicas vigentes. • Ley núm. 26790. Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud (17. May. 1997). • Decreto Supremo núm. 009-97-SA. Reglamento de Ley núm. 26790 (09. Set. 1997). • Ley núm. 28791. Ley que establece modificaciones a la Ley núm. 26790 (21. Jul. 2006). • Decreto Supremo núm. 020-2006-TR. Normas reglamentarias […]

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