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La distribución de la cotización a asistencia sanitaria, según el riesgo, es la siguiente: a) Mínimo: Empleador: 4,33%; Trabajador: 1,92%. Total: 6,25%. b) Medio: Empleador: 4,46%; Trabajador: 1,79%. Total: 6,25%. c) Máximo: Empleador: 4,58%; Trabajador: 1,67%. Total: 6,25%.

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La distribución de la cotización del 1% para prestaciones monetarias por enfermedad, entre empleadores y trabajadores, es la siguiente, según el riesgo: a) Mínimo: Empleador: 0,69%; Trabajador: 0,31%. Total: 1,00%. b) Medio: Empleador: 0,72%; Trabajador; 0,28%. Total: 1,00%. c) Máximo: Empleador: 0,74%; Trabajador: 0,26%. Total: 1,00%.

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El Estado, en virtud de la Ley, no financia ninguna de las prestaciones de la Seguridad Social, éstas deben provenir de las cotizaciones. El Estado viene obligado a financiar los gastos de administración, los de mantenimiento y los de renovación de los equipos de IVSS, con un aporte no inferior al 1,5% de los salarios […]

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