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En base a las previsiones de la Ley núm. 17.453, de fecha 28-02-2002, se crea un impuesto adicional al denominado “Impuesto a las Retribuciones y Prestaciones” que tiene como único destino el financiamiento del Banco de Previsión Social (conf. art. 1.°). Se introdujo esta variación a fin de elevar la recaudación permaneciendo constantes tanto la […]

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Con excepción de la «Asistencia sanitaria» y «Accidentes laborales y enfermedades profesionales», este cuadro describe la forma de financiación de las diferentes prestaciones que gestiona el Banco de Previsión Social. Se limita, por lo tanto, a la institución de Seguridad Social, que abarca al mayor número de trabajadores y de pasivos en Uruguay. Quedan fuera […]

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Si el 8% de aportación sobre la nómina salarial, por empresa, no cubre el valor de la cuota mutual promedio que el BPS paga a las IMAC, multiplicada por el número de beneficiarios de este seguro, el empresario debe cotizar la diferencia.

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Los porcentajes que se indican en este apartado incluyen la cotización para invalidez y vejez.

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