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BOLIVIA

Para el cálculo de la prestación se toma como base el promedio anual de los salarios, de acuerdo con los siguientes límites: • En el régimen de reparto, hasta Bs 900 mensuales (US$ 116,12) promedio de los últimos 12 meses. De B. 901 hasta Bs. 4000 (US$ 516m13)) promedio de los últimos 24 meses trabajados […]

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URUGUAY

Sueldo básico jubilatorio: Promedio mensual de los ingresos actualizados de los últimos 10 años de servicios registrados. Si fuera más favorable el promedio será el de los 20 años de mejores asignaciones. Para la jubilación por edad avanzada, si no totaliza los períodos antes indicados, se tomará el promedio actualizado del tiempo efectivamente registrado.

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PORTUGAL

Normalmente, aumento una vez al año por decisión del Gobierno, teniendo en cuenta la evolución del índice de precios.

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CUBA

La cuantía de la pensión por edad es equivalente al 50% de la base de cálculo, más 1% por cada año de servicios adicional a los primeros 25. En la pensión extraordinaria se aplica al salario base el 40% de la base de cálculo, más 1% por cada año de servicios adicional a los primeros […]

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BRASIL

La base reguladora («salario de beneficio») es variable en función de la fecha de afiliación. Ver nota (1)•

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ECUADOR

La base de cálculo de la pensión en el régimen de jubilación por solidaridad intergeneracional, será el promedio de las remuneraciones imponibles mensuales actualizadas de los últimos 10 años de servicios registrados, limitado al promedio mensual de los 20 mejores años de remuneraciones, incrementado este último promedio en un cinco por ciento. Si fuera más […]

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PANAMÁ

La pensión de vejez es compatible con la percepción de un salario. Pero debe cesar de trabajar para iniciar el pago de la pensión y restablecer cualquier relación laboral posterior.

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EL SALVADOR

Sistema Público: 30% del salario base regulador por los primeros 3 años, más 1,5% por cada años de exceso, hasta el tope del 100% del citado salario. Sistema Privado: Se otorga en base al saldo de la cuenta individual y el asegurado estará en libertad de elegir entre las siguientes modalidades: a) Renta programada. b) […]

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