CHILE
La pensión, en cuanto tal, no está afecta a impuestos, sin perjuicio de que el beneficiario, por su nivel de ingresos, sobrepase los límites de exención que la Ley Tributaria establece. El pensionado está sujeto a cotizaciones para salud (7%).
La pensión, en cuanto tal, no está afecta a impuestos, sin perjuicio de que el beneficiario, por su nivel de ingresos, sobrepase los límites de exención que la Ley Tributaria establece. El pensionado está sujeto a cotizaciones para salud (7%).
Están sujetas al Impuesto sobrela Renta, en tanto superen los límites de excepción que la Ley establece de forma anual.
Las jubilaciones y pensiones se encuentran sometidas a una retención del 6% para la financiación de la asistencia sanitaria.
Las pensiones cuya cuantía anual sea igual o inferior a 7.500 euros ó 9.750US$ (1= 1,3 US$) no están sujetas a impuestos. Las de importe superior, sólo por la cuantía que supere el límite citado están sujetas a impuestos.
Las prestaciones no están sujetas a pagos de impuestos sobre la renta. (2)
Las jubilaciones se encuentran gravadas con el impuesto a las retribuciones personales (IRP) de acuerdo a los siguientes tramos: 1% a los que perciben hasta 3 salarios mínimos nacionales; 2% a aquellos que perciben entre 3 y 7 SMN; y 6% a los que perciben más de 7 SMN.
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