COLOMBIA
La pensión de vejez es compatible con cualquier actividad retribuida, pero no podrá cotizarse para una nueva pensión reconocida por el mismo Sistema.
La pensión de vejez es compatible con cualquier actividad retribuida, pero no podrá cotizarse para una nueva pensión reconocida por el mismo Sistema.
Los pensionistas pueden dedicarse a labores asalariadas en el sector privado. En tal caso, no pierden el disfrute de la pensión, y del nuevo salario se les descuenta la cotización para el Seguro de salud.
La reforma elimina la incompatibilidad de trabajo remunerado para los pensionistas. (4).
La pensión se suspende en el caso de que se siga ejerciendo una actividad profesional retribuida.
La percepción de la pensión es compatible con el desarrollo de un trabajo en forma independiente.
Es incompatible el disfrutesimultáneo de la pensión de vejez con el de un salario proveniente de una actividad sujeta al seguro social.
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