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REPÚBLICA DOMINICANA

Las cotizaciones y contribuciones a la Seguridad Social y a las reservas y rendimientos de inversiones que generan los fondos de pensiones de los afiliados estarán exentas de todo impuesto o carga directa o indirecta.

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URUGUAY

Prestaciones económicas: Imponibles en su totalidad con las cotizaciones de Seguridad Social y el impuesto a las retribuciones personales (IRP) de acuerdo a los siguientes tramos:  1% a aquéllos que perciben hasta 3 salarios mínimos nacionales.  3% a los que perciben entre 3 y 6 salarios mínimos nacionales.  6% a quienes perciben más de 6 […]

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