BRASIL
– Constitución Federal de 1988. Ley núm. 8.212, de 24 de julio de 1991. Ley núm. 8.213, de 24 de julio de 1991.
– Constitución Federal de 1988. Ley núm. 8.212, de 24 de julio de 1991. Ley núm. 8.213, de 24 de julio de 1991.
– Ley 2001/55, “Ley de Seguridad Social”. Reglamento del Subsidio por Enfermedad.
– D.F.L. nº 44, de 1978, del Ministerio de Trabajo y Previsión Social. Ley nº 18.469, de 1985. Ley nº 18.933, de 1990. DFL nº1, de 2005, del Ministerio de Salud.
– Ley núm. 26790, de Modernización de la Seguridad Social en Salud, reglamentada por el Decreto Supremo núm. 009-97-S. Ley 27177, del Seguro Social a los pescadores Ley 27360, de promoción del sector agrario.(1)
– Ley 17, de 22.10.1943, constitutiva de la Caja Costarricense del Seguro Social. Reglamento del Seguro de Salud. Reglamento de otorgamiento de Incapacidades y Licencias a los Beneficiarios del Seguro de Salud.
– Ley del Seguro Social. Reglamento para la aplicación del Régimen del Seguro Social. Ley del Sistema de ahorro para pensiones de 1996.
– Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, de 20 de junio de 1994. Reales Decretos 3158, de 23 de diciembre de 1966, y 1300/-1995, de 24 de julio.
Es incompatible el disfrute simultáneo de la pensión de vejez con el de un salario proveniente de una actividad sujeta al seguro social.
– Ley Orgánica S. Social. Decreto 974, de 1.03.82. Decreto 975, de 1.03.82. Resolución Ministerial nº 289. Reglamento del Seguro de Enfermedad-Maternidad INSS. Octubre 1996.
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