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REPÚBLICA DOMINICANA

– Administradores de Fondos de Pensiones (AFP).  Regímenes complementarios al nivel de empresas o fondos públicos, como el gastronómico y el de la construcción, entre otros.

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PERÚ

Los regímenes contributivos se financian por los empleadores o asegurados, cuando se trata de un trabajo activo dependiente o independiente, repectivamente. Los aportes también están a cargo de los asegurados titulares cuando se trata de pensionistas. El régimen estatal se financia con recursos ordinarios provenientes del Presupuesto General de la República y otros recursos.

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PORTUGAL

La creación o modificación de los esquemas complementarios y su articulación con los regímenes de la Seguridad Social quedan sujetas a una regulación propia, en lo que se refiere a la naturaleza jurídica de las prestaciones, a las condiciones técnicas y financieras y a las formas de gestión y su funcionamiento. Existe una legislación específica […]

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ARGENTINA

– Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTEySESS).  Secretaría de Seguridad Social. Ver también: (6)

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CHILE

Instituto de Normalización Previsional (INP), y los entes empleadores de la Administración Pública, respecto de sus funcionarios.

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