– Todos los trabajadores incorporados al sistema de Seguridad Social y que tengan cargas familiares.
– Trabajadores que devenguen hasta un valor equivalente a 4 salarios mínimos mensuales. (En 2003, US$ 474,28). Los beneficiarios deben tener cargar familiar con respecto a los hijos deben ser menores 18 años, este limite de edad no se aplica en el caso de hijos discapacitados. Los trabajadores que no tienen familia a cargo se […]
10% para cada beneficiario de la pensión calculada para el inválido o jubilado por vejez.
– Trabajadoras del sector público, privado y por cuenta propia, cotizantes al Seguro de Enfermedad-Maternidad. Esposas y compañeras de vida del asegurado cotizantes registradas en el INSS.
En el caso de las prestaciones médicas, en especie y monetarias, deben acreditar por los menos 3 meses cotizados en el transcurso de los 12 meses anteriores al parto.
– Prestaciones médicas de consulta prenatal, atención al parto y post-parto (2). Subsidio por licencia del 50% del promedio de los salarios cotizados en los últimos 3 meses (3).
Las prestaciones por maternidad están sujetas al Impuesto sobre la Renta, en cuanto que se consideran salario.
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