VENEZUELA
Ya mencionadas en epígrafes anteriores. Una asistencia funeraria de 5.000 Bs.
Ya mencionadas en epígrafes anteriores. Una asistencia funeraria de 5.000 Bs.
Las rentas por incapacidad permanente o muerte se ajustarán como mínimo una vez al año, de acuerdo a la evolución del Índice Medio de Salarios.
– Todos los trabajadores por cuenta ajena obligados a aportar al SUSS, a excepción del personal de servicio doméstico. Los beneficiarios de prestaciones previsionales por invalidez no contributivas. Quedan excluidos, salvo de las asignaciones por maternidad y por hijo discapacitado, los trabajadores citados que perciben una remuneración superior a los $ 1.500.
– Tener la condición de beneficiario. Existencia de un causante que viva a expensas del beneficiario y que no tenga ingresos superiores al 50% del ingreso mínimo (aproximadamente, US$ 126,3).
Asignaciones periódicas: Por hijo menor de 18 años: 24,25 euros/mes ó 31,53 US$ (1 euro = 1,3 US$). Por hijos minusválidos: 48,47 euros/es ó 63,01 US$ para cada hijo menor de 18 años de edad y que presente un grado de invalidez del 33% como mínimo. 310,60 euros/mes ó 403,78 US$) para cada hijo mayor […]
– Ley 8433, de 4.11.1936, del Seguro Social Obligatorio. Ley 22482, de 28.3.1979. Decreto Legislativo Nº 887 del 11 de noviembre de 1996
– Ley Orgánica S. Social. Decreto 974, de 1.03.82. Decreto 975, de 1.03.82. Reglamento del Seguro de Enfermedad. Resolución Ministerial núm. 289, de 30.09.1996.
– Prestaciones en dinero y en especie: las trabajadoras afiliadas al régimen de Seguridad Social. Las esposas o compañeras de afiliados únicamente tienen derecho a prestaciones en especie.
El afiliado o la afiliada deberán poseer 12 imposiciones mensuales ininterrumpidas, anteriores al parto, para contingencia de maternidad. El afiliado o la afiliada que dejaran de aportar, conservarán su derecho a las prestaciones de enfermedad o maternidad hasta 2 meses posteriores al cese de sus aportaciones. Cuando una afiliada se encuentre cesante en su trabajo […]
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