-Superintendencia Nacional de Salud. Consejos Territoriales de Seguridad Social en Salud. Superintendencia Nacional de Salud. Empresas Sociales del Estado (ESE). Empresas Promotoras de Salud Pública. Administradoras Régimen Subsidiado. Entidades Obligadas a Compensar (1). Secretarías Departamentales, de Distrito y Municipales de Salud.
La asistencia de salud está abierta a la iniciativa privada, caracterizándose por la actuación, por iniciativa propia o mediante convenio con la red pública, de los profesionales liberales legalmente habilitados o por personas jurídicas de derecho privado.
La iniciativa privada puede participar de forma complementaria al SUS (Sistema Único de Salud), siguiendo las directrices marcadas por éste, a través de contratos de derecho público o conciertos, teniendo preferencia las entidades benéficas y sin ánimo de lucro. Está prohibida la participación directa o indirecta de empresas o capitales extranjeros, salvo a través de […]
Nivel central: Organismos de coordinación técnica y Centro Nacional de Pensiones. Instituto de Seguridad Social.
Los señalados por la Ley núm 1732, de 29.11.96 (Ley de Pensiones), su Reglamento, aprobado por DD. SS. Núm. 24469, de 17.01.97, el Código de Seguridad Social y disposiciones complementarias para prestaciones del Régimen de Reparto.
Cotizaciones de los trabajadores, los empleadores, los pensionistas y el Estado, para el Seguro de Salud. Presupuesto del Estado para asistencia sanitaria pública y para asegurados por cuenta del Estado y, de forma subsidiaria, para trabajadores por cuenta propia.
(1) (2) Cotizaciones de empleadores y trabajadores. Recursos generados por la gestión del IPS (3).
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