PORTUGAL
(1) Todos los trabajadores asalariados, incluidos en el régimen general, así como los trabajadores independientes, que hayan optado por el nivel amplio de cobertura.
(1) Todos los trabajadores asalariados, incluidos en el régimen general, así como los trabajadores independientes, que hayan optado por el nivel amplio de cobertura.
– Ley 2001/55, “Ley de Seguridad Social”. Reglamento del Subsidio por Enfermedad.
Estar afiliado y al corriente en el pago de las cotizaciones. Cotización Acreditar un mínimo de 6 meses de cotizaciones en los últimos 9 meses anteriores a la incapacidad. Certificado médico Certificado médico de incapacidad expedido por la CSS. Otros certificados médixos expedidos por médixos privados, requieren ser autorizados y homologados por las autoridades médicas […]
Organización Iberoamericana de Seguridad Social. Todos los derechos reservados.
Desarrollado por Tible Technologies.