COLOMBIA
– Ministerio de Protección Social. Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud. Comisión de Regulación en Salud.
– Ministerio de Protección Social. Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud. Comisión de Regulación en Salud.
-Las clínicas y los hospitales privados, para su instalación y funcionamiento, requieren la autorización previa del Ministerio de Sanidad y Asistencia Social, e inscribirse, a través de la Dirección General Sectorial de Salud. La autorización requiere una serie de requisitos de solvencia, capacidad y eficiencia. Los directivos de los prestadores privados de salud deben ser […]
Ministerio de Trabajo y de la Solidaridad (Secretaría de Estado de la Solidaridad y la Seguridad Social).
– Administradores de Fondos de Pensiones (AFP). Regímenes complementarios al nivel de empresas o fondos públicos, como el gastronómico y el de la construcción, entre otros.
Los regímenes contributivos se financian por los empleadores o asegurados, cuando se trata de un trabajo activo dependiente o independiente, repectivamente. Los aportes también están a cargo de los asegurados titulares cuando se trata de pensionistas. El régimen estatal se financia con recursos ordinarios provenientes del Presupuesto General de la República y otros recursos.
Organización Iberoamericana de Seguridad Social. Todos los derechos reservados.
Desarrollado por Tible Technologies.