Ministerio del Trabajo y de Previsión Social. Ministerio de Salud y Superintendencia de Seguridad Social. Ver también: (4)
-Ministerio del Trabajo y Previsión Social. Superintendencias de AFP y de Seguridad Social.
-Banco Central del Uruguay (Superintendencias de AFAP y Seguros). Banco de Previsión Social (BPS) (1).
Las AFP no están sujetas a requisitos especiales o particulares del sistema financiero. Su apoyo jurídico se encuentra en el artículo 105 de la Constitución Nacional.
– Ministerio de Economía y Finanzas (MEF). Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.
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